Despido sin justa causa de empleada que estaba en tratamiento por padecer enfermedad grave. ¿Es demandable?

POR:  Margarita María Gómez Jiménez - código 1620210306. 
Mayo 5 de 2018.

Resumen del vídeo: En este viseo podemos analizar varios aspectos a tener en cuenta al respecto de un despido sin justa causa cuando una persona se encuentra en tratamiento psicológico por sospecha de enfermedad grave. Las inquietudes principales a analizar son, si este sería más bien un caso de despido con justa causa por enfermedad no profesional?, o si esta persona puede hacer uso de la acción de tutela alegando sus derechos fundamentales pero con la salvedad de que ha pasado un año de su despido?.  

Fuente: Actualísece. (07 de 12 de 2016). Despido sin justa causa de empleada que estaba en tratamiento por padecer enfermedad grave [archivo de video]. Recuperado el 05 de 05 de 2018, de https://www.youtube.com/watch?v=83KIqN_uKpQ

5 comentarios:

  1. De acuerdo al análisis que se hace, según el caso de enfermedad psicológica, esta persona goza del fuero de estabilidad reforzada por vulnerabilidad o debilidad manifiesta, y su despido pudiese ser ¨ilegal¨ (no justo o injusto) si la empresa no acudió al Ministerio de Trabajo para que autorizara el permiso.

    Con respecto a la inquietud de la búsqueda de reintegro por acción de tutela, es importante tener en cuenta que al dejar pasar un año, como en este caso o cualquier otro, se deja entrever que durante todo ese tiempo no se ocasiona ningún perjuicio mayor, razón por la cual un juez de tutela no le resolvería en forma positiva el reintegro, pero si podría instaurar demanda ante un juez laboral. Este sería el aspecto más importante a tener en cuenta, pues se entiende que los tiempos para actuar en cuanto a las acciones de tutela, son determinantes en los resultados deseados a través de la misma.

    Comentó: Margarita María Gómez Jiménez - código 1620210306

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  2. En muchos casos el desconocimiento de como funcionan este tipo de situaciones, hace que las personas desistan de manifestar lo sucedido y simplemente dejan pasar las cosas. Esto refuerza que los empleadores continúen con este tipo de acciones que vulneran a los empleados, por otro lado al no tenerse esta cultura de tomar asesorías legales como las prestadas por el Ministerio de trabajo, hace que se mantenga el miedo y el desconocimiento de los derechos que como empleados puedan tener.

    comentado Por Mariluz Campos Código:1621022443

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  3. yo creo que el trabajador deja mucho tiempo para reclamar sus derechos de vio asesorarse y no dejar pasar tanto tiempo.
    mary luz Guzmán jiménez código 1621021743

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  4. Como en cada caso es necesario evaluarlo puntualmente, y desde la EPS se debería permitir un diagnostico especifico donde se pueda ver si la enfermedad aquí hablada es de raíz profesional o no; y si esta requiere un tratamiento o seguimiento que avale la eps para seguir siendo respaldado por la entidad donde se labora, sea de enfermedad biológica o en este caso psicológica que puede llegar a tener una repercusión en el ámbito biológico, y si se debe ya llevar esto a una acción de tutela; pero así mismo como comenta mi compañera que haya pasado un año no garantiza una respuesta favorable en el empleado ya que no tomo acciones inmediatas.

    Adriana Panche M. Código: 1621022668

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  5. Este tipo de situaciones no se presenta únicamente con enfermedades de tipo psicológicas o psiquiátricas, si no también con todo tipo, el problema aquí es que como lo menciona anteriormente mi compañera MariLuz C, muchas personas ante estas situaciones y por desconocimiento o desconfianza de las entidades encargadas de supervisar estos casos, deciden dejarlo simplemente así, sin buscar ningún tipo de ayuda o de asesoría, lo que provoca que mas adelante mucho empleadores puedan aprovecharse de este tipo de situaciones.
    Comentado por: MaríaPaula Mahecha Guzmán-1621022068

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